La denominación de origen (DO) HABANOS se reserva para calificar los puros mayores de 3 gramos, de calidad tradicionalmente designados, elaborados a mano en Cuba; conforme a las normas de calidad establecidas por la industria tabacalera cubana, con variedades de tabaco tipo negro cubano, cultivado en regiones específicas del archipiélago cubano.
HABANOS constituye un ejemplo de DO social o histórica, por no corresponder a un nombre geográfico. La calidad de los HABANOS resulta de la mística unión de cuatro factores: Suelos, Variedades del tipo de tabaco negro cubano, clima y know how de los campesinos y torcedores.
El nombre geográfico Habana fue en un inicio el más reconocido internacionalmente para identificar los tabacos cubanos. No obstante, el término HABANOS comenzó a imponerse los años 20’s del Siglo XIX. Dado el reconocido prestigio del producto, desde finales del Siglo XIX, el mercado tabacalero internacional comenzó a invadirse por marcas que utilizaban nombres de origen cubano.
Las autoridades cubanas - conscientes de la necesidad de proteger este activo intangible - comenzaron a adoptar diferentes medidas, entre ellas: la creación del Sello de Garantía Nacional de Procedencia en 1912, la creación en 1927 de la Comisión Nacional de Propaganda y defensa del Tabaco Habano, la suscripción de convenios bilaterales (Francia/1929 y Alemania/1954), y la suscripción del Arreglo de Lisboa en 1967, mediante el cual se protegieron 18 denominaciones (HABANOS, CUBA, HABANA y VUELTA ABAJO, entre otras).
A partir de 1981, CUBATABACO (titular del derecho de uso de las DO tabacaleras cubanas) comenzó una ofensiva legal con el objeto de limpiar el mercado de productos que utilizaban las DO HABANOS, HABANA y CUBA. La primera acción judicial se estableció en Francia contra la marca Cubanitos, y a partir de ésta otras tantas en muchos países, no sólo contra marcas que utilizaban referidas DO para productos tabacaleros, sino contra su empleo en otros productos, para evitar la dilución de las mismas, como fue el fallo francés que ordenó la retirada del perfume Havana by Aramis.
En paralelo, se perfiló una estrategia de marketing con el objeto de complementar la protección legal, basada en la DO HABANOS, por identificar un producto único, ante la necesidad de protegerla contra el peligro de devenir en genérica, y por ser más abarcador, al aplicarse a todo el tabaco fabricado en Cuba con hoja cubana. En 1991, con el objeto de consolidar su imagen corporativa, se decidió crear una única imagen publicitaria y logotipo, siendo este último incorporado 1993 a todos los envases del producto, con la mención “Denominación de Origen Protegida”.
Actualmente se trabaja en la creación del Consejo Regulador de la DO Habanos y de las restantes DO tabacaleras cubanas.
Cabe mencionar, como ejemplo de la efectividad de la existencia de una única estrategia legal y de marketing, el resiente Oficio del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que informó a la OMPI la retirada de la denegación declarada en 1969 contra cuatro DO cubanas, entre las que se encuentra HABANOS (denegada por habérsele considerado genérica).
HABANOS constituye un ejemplo de DO social o histórica, por no corresponder a un nombre geográfico. La calidad de los HABANOS resulta de la mística unión de cuatro factores: Suelos, Variedades del tipo de tabaco negro cubano, clima y know how de los campesinos y torcedores.
El nombre geográfico Habana fue en un inicio el más reconocido internacionalmente para identificar los tabacos cubanos. No obstante, el término HABANOS comenzó a imponerse los años 20’s del Siglo XIX. Dado el reconocido prestigio del producto, desde finales del Siglo XIX, el mercado tabacalero internacional comenzó a invadirse por marcas que utilizaban nombres de origen cubano.
Las autoridades cubanas - conscientes de la necesidad de proteger este activo intangible - comenzaron a adoptar diferentes medidas, entre ellas: la creación del Sello de Garantía Nacional de Procedencia en 1912, la creación en 1927 de la Comisión Nacional de Propaganda y defensa del Tabaco Habano, la suscripción de convenios bilaterales (Francia/1929 y Alemania/1954), y la suscripción del Arreglo de Lisboa en 1967, mediante el cual se protegieron 18 denominaciones (HABANOS, CUBA, HABANA y VUELTA ABAJO, entre otras).
A partir de 1981, CUBATABACO (titular del derecho de uso de las DO tabacaleras cubanas) comenzó una ofensiva legal con el objeto de limpiar el mercado de productos que utilizaban las DO HABANOS, HABANA y CUBA. La primera acción judicial se estableció en Francia contra la marca Cubanitos, y a partir de ésta otras tantas en muchos países, no sólo contra marcas que utilizaban referidas DO para productos tabacaleros, sino contra su empleo en otros productos, para evitar la dilución de las mismas, como fue el fallo francés que ordenó la retirada del perfume Havana by Aramis.
En paralelo, se perfiló una estrategia de marketing con el objeto de complementar la protección legal, basada en la DO HABANOS, por identificar un producto único, ante la necesidad de protegerla contra el peligro de devenir en genérica, y por ser más abarcador, al aplicarse a todo el tabaco fabricado en Cuba con hoja cubana. En 1991, con el objeto de consolidar su imagen corporativa, se decidió crear una única imagen publicitaria y logotipo, siendo este último incorporado 1993 a todos los envases del producto, con la mención “Denominación de Origen Protegida”.
Actualmente se trabaja en la creación del Consejo Regulador de la DO Habanos y de las restantes DO tabacaleras cubanas.
Cabe mencionar, como ejemplo de la efectividad de la existencia de una única estrategia legal y de marketing, el resiente Oficio del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que informó a la OMPI la retirada de la denegación declarada en 1969 contra cuatro DO cubanas, entre las que se encuentra HABANOS (denegada por habérsele considerado genérica).