05 septiembre 2010

NUEVO CÓDIGO DE CONSUMO

El pasado 2 setiembre de 2010, se ha publicado la Ley N° 29571, que aprueba el Código de Protección y Defensa del Consumidor, que entrará en vigencia a partir del 2 de octubre de 2010.

Más allá de la polémica generada en el proceso de elaboración del código, la ley ya es una realidad y ofrece cambios sustanciales en los derechos de los consumidores que a su vez se traducen, para las empresas o proveedores, en nuevas formas de tratar al cliente.

El texto, que entrará en vigencia en un mes, incluye 160 artículos y ha generado fuertes discusiones en los sectores más sensibles que presentamos a continuación.

SALDOS NO DESPERDICIADOS
A partir de ahora las recargas de saldos en las tarjetas prepagadas no se perderán si no fueron utilizadas en un tiempo determinado: tendrán vida ilimitada. Esto conllevará a que las empresas de telefonía amplíen la capacidad de sus bases de datos para poder incorporar la información.

ETIQUETAS REVELADORAS
Los alimentos preparados con ingredientes modificados genéticamente deberán tener esa información en sus etiquetas. También se detallará el porcentaje de grasas trans que posean y sus nombres no podrán mentir respecto a su naturaleza. Las fábricas tienen tres meses para adaptarse.

CUOTAS SIN SECRETOS
Los bancos deberán incluir en sus avisos publicitarios los intereses reales de las tarjetas de crédito para que las personas entiendan a qué se están comprometiendo. Además deberán respetar los acuerdos y no cambiar unilateralmente las condiciones pactadas en el contrato de la tarjeta.

ADIÓS CLÁUSULA ABUSIVA
El código crea una definición de cláusula abusiva –aquella que pone a su cliente en situación de desventaja y viola sus derechos – y establece que ningún cliente está obligado a cumplirla. Los bancos – y muchos más – deberán cambiar los contratos que no respeten esta norma.

INFORMACIÓN SALUDABLE
Las farmacias deberán tener a disposición de los clientes un listado ordenado alfabéticamente de todos los medicamentos con su nombre genérico y sus precios. Las farmacias, grandes o pequeñas, tendrán que prepararse para tener esta información a la mano.

PROCESOS ACELERADOS
La norma establece que las denuncias por montos menores a 3 UIT serán atendidas con un procedimiento sumarísimo y deberán ser resueltas en solo un mes. Indecopi estima que al menos el 40% de los nuevos reclamos será atendido por esta instancia.

LIBRO DE RECLAMOS
Todos los establecimientos abiertos al público deberán tener un libro de reclamos virtual o físico para recoger las quejas de los clientes. Indecopi publicará un reglamento en el que se precise cómo operará el libro. La medida dejará sin efecto el decreto publicado por el Ejecutivo el 28 de julio.

PASAJES POSTERGADOS
La norma aprobada por el congreso establece que uno tiene derecho a cambiar la fecha de viaje o el titular del pasaje con 24 horas de anticipación. Ante los reclamos del sector aerocomercial, el Ejecutivo ha precisado los alcances de la norma a través del Decreto de Urgencia N° 61-2010 con posterioridad a la publicación del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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